Los predios utilizados para aterrizaje y despegue de aeronaves sin la autorización de la autoridad aeronáutica y las aeronaves que se encuentren en ellos, serán ocupados o decomisados, respectivamente, y puestos a disposición del Comando de Brigada con jurisdicción en el lugar de su ubicación. Los propietarios o los explotadores de los predios y de las aeronaves, así como las tripulaciones, serán sancionados de conformidad con las leyes y con arreglo a los procedimientos aplicables, incluyendo el Código Penal y el Código de Justicia Penal Militar.
Decreto 262 de 1988 →In force
Article 15
Decreto 262 de 1988 · Por la cual se dictan medidas conducentes al restablecimiento del orden público
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.