Fomento gubernamental al trabajo asociado. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, dentro de sus facultades legales y en forma coordinada, promoverán la organización y desarrollo de las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado, adelantarán investigaciones que permitan conocer los sectores sociales y actividades que puedan incorporar a los desempleados al trabajo productivo por medio de este tipo de organizaciones y coordinarán con las demás entidades gubernamentales, los servicios de asesoría, asistencia técnica y fomento.
Decreto 468 de 1990 →In force
Article 25
Fomento Gubernamental Al Trabajo Asociado
Decreto 468 de 1990 · por el cual se reglamentan las normas correspondientes a las cooperativas de trabajo asociado contenidas en la Ley 79 de 1988 y se dictan otras disposiciones sobre el trabajo cooperativo asociado.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.