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Article 4

º

Decreto 807 de 1994 · Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 279 de la Ley 100 de 1993

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01

Text of the article

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º. Reconocimiento de bonos pensionales. Tendrán derecho a bono pensional y al reconocimiento de cuota parte de bono correspondiente

a)

Los servidores públicos que el 1º de abril de 1994 se encuentren vinculados a la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol y que con anterioridad a su ingreso hubiesen efectuado cotizaciones al Instituto de Seguros Sociales o prestado servicios al Estado.

b)

Las personas que con posterioridad al 1º de abril de 1994 ingresen al servicio de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, provenientes del Régimen de Prima Media con Prestación Definida.

c)

Las personas que con anterioridad a su ingreso a cualquiera de los dos regímenes del Sistema General de Pensiones, hubiesen prestado servicios en la Empresa Colombiana de Petróleos, y al momento de su retiro no hubiesen completado los requisitos para la pensión a cargo de aquélla.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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