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Article 5

Decreto 2050 de 1985 · Por el cual se reglamenta el artículo 25 del Decreto 1598 de 1963 sobre cooperativas de producción y de trabajo.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Articulo 5 . En las cooperativas de que aquí se trata se podrá convenir una retribución periódica a modo de anticipo sobre el resultado económico final, sujeta al ajuste necesario que indique el balance del ejercicio. Esta retribución, así como la aplicación definitiva de los excedentes repartibles, se hará siempre en proporción a la naturaleza, cantidad y calidad del trabajo realizado, según los criterios consagrados en los estatutos o en reglamento general de cada cooperativa. Igualmente, se podrán constituir reservas o provisiones especiales para el pago de bonificaciones, primas o auxilios similares a los que rigen para el trabajo dependiente y asalariado, o mejores que éstos, a medida que las condiciones económicas de la cooperativa se lo permitan.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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