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Article 2.4.5.4.5

Medidas Para La Prevención Y Superación De La Estigmatización Y Discriminación

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

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01

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Medidas para la Prevención y Superación de la Estigmatización y discriminación. Las autoridades municipales, distritales, departamentales y del orden nacional en el marco de sus competencias, adoptarán acciones legales, pedagógicas, comunicativas y culturales de impulso y promoción de la no estigmatización de organizaciones y comunidades en los territorios, especialmente, aquellas en situación de vulnerabilidad o discriminados como mujeres, víctimas, pueblos y comunidades étnicas, comunidades campesinas, población OSIGD/LGBTIQ+, jóvenes, niños, niñas y adultos mayores, personas en condición de discapacidad, minorías políticas, minorías religiosas y personas en proceso de reincorporación y población migrante y para tal fin se podrán adoptar las siguientes medidas

1.

Procesos de capacitación a funcionarios públicos sobre el contenido de la Política Pública de Convivencia, Reconciliación y No Estigmatización.

2.

Acciones pedagógicas para la prevención de la estigmatización y discrimi­nación de la labor de los defensores de derechos humanos, líderes, activistas o representantes de las organizaciones y comunidades en los territorios; así como para incentivar el pluralismo político y social.

3.

Ejercicios de integración social y política para la reconciliación, la conviven­cia, la tolerancia y la no estigmatización en las comunidades receptoras de los integrantes de los partidos y movimientos políticos y sociales, especial­mente los que ejerzan la oposición, y el nuevo movimiento que surgió del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal y de sus integrantes en proceso de reincorporación a la vida civil.

4.

Estudios sobre estigmatización y discriminación en el país y su impacto en el ejercicio de los derechos humanos, que incluyan variables específicas y diferenciales que concreten los enfoques establecidos en este Decreto.

5.

Promover la aplicación de la normatividad existente que impone sanciones a los servidores públicos involucrados en casos de vulneración y estigmatización.

6.

Apoyo a canales y emisoras comunitarias para la difusión de contenidos re­lacionados con la reconciliación, la convivencia y la no estigmatización.

7.

Realización de campañas informativas a través de la difusión en medios pú­blicos de acuerdo con las competencias y atribuciones de las entidades del Estado y sus funcionarios.

8.

Adoptar medidas afirmativas para promover la igualdad a favor de grupos discriminados.

9.

Capacitar a la población beneficiara de esta política, frente a los programas nacionales de acceso a la justicia y métodos alternativos de solución de con­flictos, entre otras temáticas cuyo ente rector es el Ministerio de Justicia y del Derecho.

02

Constitutional history

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