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Article 45

Ley 92 de 1948 · Reorgánica de la Armada Nacional

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Oficiales Efectivos son los incorporados al servicio de la Armada, en una de las siguientes formas:

a)

Los que en la fecha de la vigencia de la presente Ley pertenezcan al Escalafón de Oficiales Efectivos.

b)

Los que ingresen por Escuela Naval de Cadetes.

c)

Los que obtengan el grado en Escuelas Navales extrajeras y sean llamados al servicio activo.

d)

Los profesionales en las especialidades de Arquitectura Naval, Ingeniería Eléctrica, Ingeniería de Armamentos, Electrónica, Ingeniería Civil, Sanidad, Odontología, Justicia Naval Militar, profesorado y Culto, llamados al servicio activo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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