Si la inexequibilidad o nulidad afectare alguno o algunos de los renglones del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital, el Gobierno suprimirá apropiaciones por una cuantía igual a la de los recursos afectados. En el caso de la suspensión provisional de uno o varios renglones del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital el Gobierno aplazará apropiaciones por un monto igual. Si la inexequibilidad o nulidad afectaren algunas apropiaciones, el Gobierno pondrá en ejecución el Presupuesto en su parte declarada exequible o no anulada, y contracreditará las apropiaciones afectadas. En caso de que se disponga la suspensión provisional de algunas apropiaciones, y el Gobierno se abstendrá acuerdos de obligaciones y acuerdos de ordenación de gastos, o de expedir los giros correspondientes mientras no se produzca el fallo definitivo.
Decreto 294 de 1973 →In force
Article 156
Si La Inexequibilidad O Nulidad Afectare Alguno O Algunos De Los Renglones Del Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital, El Gobierno Suprimirá Apropiaciones Por Una Cuantía Igual A La De Los Recursos Afectados
Decreto 294 de 1973 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación
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01
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02
Constitutional history
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