°. Modifícase el literal b) del artículo 16 de los Decretos 2560, 2561, 2568, 2569 y 2570 del 6 de julio de 2007, los cuales fueron corregidos mediante el Decreto 3242 de 2007, el cual quedará así: “b) Las Acciones serán pagaderas en pesos corrientes o en dólares de los Estados Unidos de América de conformidad con lo que para el efecto establezca el reglamento de enajenación y adjudicación que se expida para la Segunda Etapa”.
Article 1
Modifícase El Literal B) Del Artículo 16 De Los Decretos 2560, 2561, 2568, 2569 Y 2570 Del 6 De Julio De 2007, Los Cuales Fueron Corregidos Mediante El Decreto 3242 De 2007, El Cual Quedará Así: “b) Las Acciones Serán Pagaderas En Pesos Corrientes O En Dólares De Los Estados Unidos De América De Conformidad Con Lo Que Para El Efecto Establezca El Reglamento De Enajenación Y Adjudicación Que Se Expida Para La Segunda Etapa”
Decreto 4823 de 2007 · por el cual se modifican los Decretos 2560, 2561, 2568, 2569 y 2570 del 6 de julio de 2007, los cuales fueron corregidos mediante el Decreto 3242 de 2007.
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