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Article 7

º

Decreto 3222 de 2002 · por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada contenido en el Decreto-ley 356 del 11 de febrero de 1994 y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Capacitación. En coordinación con la Policía Nacional, el personal de los servicios de vigilancia y seguridad privada a que se refiere el artículo 4º del Decreto-ley 356 de 1994, será capacitado en la metodología para el adecuado suministro de la información a que se refiere el artículo 5º del presente decreto. Dicha capacitación será impartida por las Escuelas y Departamentos de Capacitación y Entrenamiento en Vigilancia y Seguridad Privada, autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso anterior, se deberán efectuar los ajustes necesarios en los pénsums académicos, dentro del mes siguiente a la entrada en vigencia del presente decreto.

Parágrafo

Las Escuelas y Departamentos de Capacitación y Entrenamiento en Vigilancia y Seguridad Privada informarán a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada los ajustes realizados a sus pénsums.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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