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Article 1

El Artículo 74 Del Decreto 564 De 2006 Quedará Así: “ Artículo 74

Decreto 2810 de 2009 · por el cual se modifica el Decreto 564 del 24 de febrero de 2006 y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. El artículo 74 del Decreto 564 de 2006 quedará así: “ Artículo 74. Convocatoria pública. El alcalde o a quien este delegue para el efecto, convocará al concurso de méritos por lo menos seis (6) meses antes del vencimiento del período individual de los curadores urbanos. La convocatoria para el concurso de méritos firmada por el alcalde o su delegado, se publicará mediante aviso que se insertará en un diario de amplia circulación en el municipio o distrito y en la página web de la entidad, durante tres (3) días hábiles y se fijará en un lugar visible al público en las alcaldías municipales o distritales y en las oficinas de planeación del respectivo municipio o distrito. A partir del día siguiente de la publicación en un diario de amplia circulación en el municipio o distrito los interesados en participar en el concurso de méritos contarán con ocho (8) días hábiles para inscribirse y presentar la propuesta, de acuerdo con las bases del concurso elaboradas en los términos señalados en el artículo 73”.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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