Del sistema informático para la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo. Para brindar los servicios de gestión y colocación de empleo los prestadores deberán disponer del sistema informático de que trata el literal (h) del artículo anterior. Dicho sistema permitirá el registro de oferentes y demandantes de empleo; de los servicios obtenidos; la trazabilidad de las actuaciones seguidas por estos en su relación con el Servicio Público de Empleo; los informes estadísticos, la formación para el empleo, la orientación profesional, las iniciativas de empleo y los subsidios a desempleados, así como las actuaciones del prestador de los servicios de gestión y colocación de empleo.
Decreto 2852 de 2013 →In force
Article 22
Del Sistema Informático Para La Prestación De Los Servicios De Gestión Y Colocación De Empleo
Decreto 2852 de 2013 · por el cual se reglamenta el Servicio Público de Empleo y el régimen de prestaciones del Mecanismo de Protección al Cesante, y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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