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Article 13

A Partir De La Fecha De Expedición Del Presente Decreto Sólo Podrán Ser Nombrados Como Subtenientes De Las Fuerza De Policía: A) Quienes Obtuvieron El Grado De Subteniente En La Escuela Militar Y Fueren Destinados Por El Gobierno A Prestar Sus Servicios En Las Fuerzas De Policía

Decreto 2295 de 1954 · Por el cual se organiza la carreta profesional de los Oficiales de las Fuerzas de Policía

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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A partir de la fecha de expedición del presente Decreto sólo podrán ser nombrados como Subtenientes de las Fuerza de Policía

a)

Quienes obtuvieron el grado de Subteniente en la Escuela Militar y fueren destinados por el gobierno a prestar sus servicios en las Fuerzas de Policía. Estos Oficiales deberán adelantar un curso de especialización técnica-policial en las escuelas correspondientes antes de iniciar el desempeño de sus cargos; y

b)

Quienes obtuvieren el grado de Subteniente en la respectiva escuela de policía, mediante aprobación de los cursos correspondientes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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