Preparado el proyecto de Presupuesto sobre las bases previstas en este Decreto, deberá aparecer equilibrado el monto total de los gastos con el Presupuesto de Rentas e Ingresos, sin que el monto de los gastos "Ordinarios" y de "Fomento" pueda exceder del cómputo de las rentas unido al de los recursos del Balance del Tesoro, salvo los gastos correspondientes a construcción de obras o campañas planificadas, que puedan atenderse con recursos del crédito. De la presentación del proyecto de Presupuesto al Congreso.
Article 28
Preparado El Proyecto De Presupuesto Sobre Las Bases Previstas En Este Decreto, Deberá Aparecer Equilibrado El Monto Total De Los Gastos Con El Presupuesto De Rentas E Ingresos, Sin Que El Monto De Los Gastos "ordinarios" Y De "fomento" Pueda Exceder Del Cómputo De Las Rentas Unido Al De Los Recursos Del Balance Del Tesoro, Salvo Los Gastos Correspondientes A Construcción De Obras O Campañas Planificadas, Que Puedan Atenderse Con Recursos Del Crédito
Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.