Las agremiaciones de docentes con personería jurídica no inferior a 10 a{ años, que congreguen el mayor número de afiliados escalafonados, tendrán derecho a que la correspondiente entidad nominadora designe en comisión a uno de sus afiliados con el sueldo correspondiente a su categoría para que atienda con dedicación exclusiva las programas específicos que conlleven bienestar y cultura del personal docente afiliado.
Article 27
Las Agremiaciones De Docentes Con Personería Jurídica No Inferior A 10 A{ Años, Que Congreguen El Mayor Número De Afiliados Escalafonados, Tendrán Derecho A Que La Correspondiente Entidad Nominadora Designe En Comisión A Uno De Sus Afiliados Con El Sueldo Correspondiente A Su Categoría Para Que Atienda Con Dedicación Exclusiva Las Programas Específicos Que Conlleven Bienestar Y Cultura Del Personal Docente Afiliado
Decreto 223 de 1972 · Por el cual se dictan disposiciones sobre escalafón del personal docente y se establecen derechos, deberes, estímulos sanciones del mismo.
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