º En la distribución de los fondos de la Caja, para efectos de las adjudicaciones de casas préstamos, al personal de cada Fuerza (Ejército, Armada y Aviación) le corresponderá una suma proporcional a los aportes de cada una de tales Fuerzas.
En la sección de Ejército quedarán incluidos los empleados civiles de carácter permanente del Ministerio de Guerra, que no pertenezcan orgánicamente a la Armada o a la Aviación.