El Ministerio de Guerra, de acuerdo con las necesidades y circunstancias del servicio, determinará el tiempo y la forma como los militares y empleados civiles del ramo de Guerra podrán disfrutar de vacaciones por cada año de servicio cumplido.
Article 78
El Ministerio De Guerra, De Acuerdo Con Las Necesidades Y Circunstancias Del Servicio, Determinará El Tiempo Y La Forma Como Los Militares Y Empleados Civiles Del Ramo De Guerra Podrán Disfrutar De Vacaciones Por Cada Año De Servicio Cumplido
Decreto 2402 de 1944 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales del ejército, se señalan prestaciones sociales para los empleados civiles del ramo de Guerra y se dictan otras disposiciones sobre prestaciones sociales a los individuos de tropa
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