JurídicoESEN

Article 36

Corresponde A La Oficina De Sistemas De La Dirección General Del Presupuesto Nacional El Ejercicio De Las Siguientes Funciones: A

Decreto 2112 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano Geográfico "Agustín Codazzi".

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Corresponde a la Oficina de Sistemas de la Dirección General del Presupuesto Nacional el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Analizar, diseñar, desarrollar, documentar y mantener los sistemas de información requeridos por la Dirección General del Presupuesto Nacional;

b)

Coordinar, ejecutar y controlar las labores de procesamiento de información y administrar los recursos computacionales de la Dirección General del Presupuesto Nacional;

c)

Diseñar en coordinación con las otras dependencias de la Dirección General del Presupuesto Nacional, las formas y procedimientos adecuados para el correcto flujo, procesamiento y utilización de la información;

d)

Realizar los estudios necesarios para el desarrollo de nuevas aplicaciones y proponer las especificaciones técnicas de los equipos requeridos para su implantación;

e)

Asistir a los funcionarios de organismos y entidades en la utilización del sistema de información presupuestal;

f)

Presentar a la Unidad Informática del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el plan anual de capacitación del personal del grupo de sistemas y de los usuarios de recursos y servicios informáticos en la Dirección General del Presupuesto Nacional;

g)

Coordinar con la Unidad Informática del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la planeación de sistemas de la Dirección General del Presupuesto Nacional dentro de la metodología establecida:

h)

Las demás que le sean asignadas según la naturaleza de sus funciones. 4.0.3 De la Oficina Juridica

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2112 de 1992