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Article 5

No Se Admitirán Disparos De Cargas Mayores Respectiva Licencia Para Operar En El Área De Exploración, De 50 Libras De Vibrotine B, Petronite O Nitramon Ww, O Su Equivalente En Otros Explosivos, A Menos Que El Delegado Del Ministerio De Minas Y Petróleos Los Autorice Por Escrito Después De Investigar Y Percatarse De Que Dichas Cargas Se Justifican

Decreto 250 de 1965 · Por el cual se adoptan normas técnicas para la exploración sísmica sumarina en busca de petróleo, y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. No se admitirán disparos de cargas mayores respectiva licencia para operar en el área de exploración, de 50 libras de Vibrotine B, Petronite o Nitramon WW, o su equivalente en otros explosivos, a menos que el delegado del Ministerio de Minas y Petróleos los autorice por escrito después de investigar y percatarse de que dichas cargas se justifican. Para que el delegado del Ministerio de Minas autorice un disparo de una carga superior a 50 libras, el operador deberá suministrarle la siguiente información

a)

Poder de la Carga

b)

Área demarcada dentro de la cual se va a disparar;

c)

Tiempo necesario para hacer los disparos. El delegado podrá dar un permiso que no exceda de 10 días para hacer este tipo de disparos, en coordinación con la Dirección de la Marina Mercante.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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