JurídicoESEN

Article 21

La Alcaldía De Cartagena Dará Cumplimiento A Las Leyes Especiales Que Se Han Dictado Sobre La Defensa De Los Monumentos Históricos De La Ciudad, Y Ordenará El Inmediato Cumplimiento Del Artículo 1° De La Ley 94 De 1945, En Relación Con Las Construcciones Que Para Fomento Del Turismo No Se Han Hecho En El Castillo De San Felipe De Barajas O En Cualquier Otra Parte De Las Murallas, Bastiones Y Castillos De La Ciudad

Decreto 264 de 1963 · Por el cual se reglamenta la Ley 163 de 1959 sobre defensa y conservación del patrimonio histórico, artístico y monumentos públicos de la Nación

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La Alcaldía de Cartagena dará cumplimiento a las leyes especiales que se han dictado sobre la defensa de los monumentos históricos de la ciudad, y ordenará el inmediato cumplimiento del artículo 1° de la Ley 94 de 1945, en relación con las construcciones que para fomento del turismo no se han hecho en el castillo de san Felipe de Barajas o en cualquier otra parte de las murallas, bastiones y castillos de la ciudad.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 264 de 1963