Las funciones de las Recaudaciones de Impuestos Nacionales de que trata el artículo 108 del Decreto 074 de 1976, serán ejercidas por el Recaudador o por sus delegados cuando la delegación sea procedente de acuerdo con la ley.
Article 11
Las Funciones De Las Recaudaciones De Impuestos Nacionales De Que Trata El Artículo 108 Del Decreto 074 De 1976, Serán Ejercidas Por El Recaudador O Por Sus Delegados Cuando La Delegación Sea Procedente De Acuerdo Con La Ley
Decreto 1774 de 1976 · Por los cuales se establece la Planta de Personal de las Administraciones de Impuestos Nacionales de Riohacha de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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