°. La persona natural o jurídica, privada con presencia nacional, seleccionada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante convocatoria pública y previa celebración de convenio, ejercerá en las ciudades que determine el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la Dirección de Comercio Exterior, la siguiente función administrativa: Expedir, de acuerdo con el procedimiento y los criterios de origen que indique el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través de la Dirección de Comercio Exterior, los certificados de origen que soliciten los usuarios de comercio exterior.
Article 1
La Persona Natural O Jurídica, Privada Con Presencia Nacional, Seleccionada Por El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo, Mediante Convocatoria Pública Y Previa Celebración De Convenio, Ejercerá En Las Ciudades Que Determine El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo, A Través De La Dirección De Comercio Exterior, La Siguiente Función Administrativa: Expedir, De Acuerdo Con El Procedimiento Y Los Criterios De Origen Que Indique El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo A Través De La Dirección De Comercio Exterior, Los Certificados De Origen Que Soliciten Los Usuarios De Comercio Exterior
Decreto 1037 de 2009 · por el cual se determina una función específica a conferir a particulares, en materia de comercio exterior, y se adoptan otras disposiciones.
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