° El Profesor de Radiología, en virtud del contrato que con él ha celebrado el Gobierno Nacional, autorizado por la Ley 8ª de 1920, presentará mensualmente al Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas, cuantas de cobro por la suma de cuatrocientos pesos mensuales, según lo establece el contrato, cantidad que se imputará al artículo 483 del capítulo 49, de la Ley -de Apropiaciones de 1926.
Article 4
El Profesor De Radiología, En Virtud Del Contrato Que Con Él Ha Celebrado El Gobierno Nacional, Autorizado Por La Ley 8ª De 1920, Presentará Mensualmente Al Ministerio De Instrucción Y Salubridad Públicas, Cuantas De Cobro Por La Suma De Cuatrocientos Pesos Mensuales, Según Lo Establece El Contrato, Cantidad Que Se Imputará Al Artículo 483 Del Capítulo 49, De La Ley -De Apropiaciones De 1926
Decreto 278 de 1926 · Por el cual se distribuye la suma de $ 60.000 para sostenimiento de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional
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