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Article 19

Decreto 2416 de 1988 · Por el cual se dictan normas para la concesión, cancelación y revocatoria de licencias para iniciación de labores de instituciones docentes, públicos y privados de educación no formal y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La reincidencia en las violaciones contempladas en el artículo anterior, dará lugar al cierre del establecimiento.

Parágrafo

La persona natural o jurídica sobre quien recayó la sanción, de que trata el presente artículo no podrá participar en la creación o constitución de instituciones educativas del sistema educativo formal y no formal. Tal prohibición tendrá una duración de tres (3) años, contados a partir de la ejecutoria de la sanción. Corresponde a la Secretaría de Educación llevar el registro de las sanciones y remitir copia a la Dirección General de Educación de Adultos del Ministerio de Educación Nacional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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