JurídicoESEN

Article 41

Los Contratos Para La Operación De Estaciones Con Las Entidades Establecidas En El Artículo 30 Deben Cumplir Los Siguientes Requisitos: A) Paz Y Salvo Del Ministerio De Comunicaciones Por Concepto De Sanciones; B) Pago De Los Derechos De Publicación Del Contrato En El Diario Oficial Y Del Impuesto De Timbre; C) Paz Y Salvo Del Ministerio De Comunicaciones Por Concepto Del Pago Anticipado De Derechos A Favor Del Estado, De Que Trata El Capítulo Vii De Este Estatuto; D) Poder Debidamente Otorgado Por El Representante Legal De La Entidad, Acreditando Su Calidad De Tal Y Las Facultades Para Contratar

Decreto 1613 de 1983 · Por el cual se reglamentan los servicios de radioaficionados y aficionados por satélite de que tratan los artículos 194 y 195 del Decreto-ley 222 de 1983 y parcialmente el artículo 18 del Decreto-ley 3418 de 1954

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los contratos para la operación de estaciones con las entidades establecidas en el artículo 30 deben cumplir los siguientes requisitos

a)

Paz y salvo del Ministerio de Comunicaciones por concepto de sanciones;

b)

Pago de los derechos de publicación del contrato en el Diario Oficial y del impuesto de timbre;

c)

Paz y salvo del Ministerio de Comunicaciones por concepto del pago anticipado de derechos a favor del Estado, de que trata el capítulo VII de este estatuto;

d)

Poder debidamente otorgado por el representante legal de la entidad, acreditando su calidad de tal y las facultades para contratar. En caso de cambio de representante durante la tramitación, la entidad enviará oficiosamente la documentación correspondiente;

e)

Para las entidades que tengan por objeto el estudio experimental de las comunicaciones, paz y salvo corriente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que deberá aportarse a la firma del contrato. CAPITULO VII De los derechos a favor del Estado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1613 de 1983