Seguimiento a la inversión. El Ministerio de Cultura hará el seguimiento de la inversión de los recursos de la contribución parafiscal girados a las entidades territoriales. Para el efecto, los municipios y distritos que hayan recibido estos recursos deberán informar al Ministerio de Cultura, en los dos primeros meses de cada año, sobre la ejecución presupuestal de los proyectos de inversión realizados durante la vigencia anterior; en cumplimento de lo previsto en el artículo 13 de la Ley 1493 de 2011. El Ministerio mediante resolución, reglamentará el seguimiento a la ejecución presupuestal de los proyectos de inversión.
Decreto 1258 de 2012 →In force
Article 21
Seguimiento A La Inversión
Decreto 1258 de 2012 · por el cual se reglamenta la Ley 1493 de 2011
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.