Artículo décimo. Los bachilleres aprobados en los exámenes de admisión de una Facultad y que no hubieren sido matriculados por falta de cupo, podrán matricularse al año siguiente en la misma Facultad, sin nuevo examen de admisión, pero en competencia con quienes hayan obtenido igual calificación; no obstante, estos aspirantes podrán someterse a nuevo examen para mejorar sus notas, caso en el cual sólo se tendrá en cuenta el resultado del último examen, aunque la calificación sea inferior.
Decreto 2307 de 1953 →In force
Article 10
Decreto 2307 de 1953 · por el cual se reglamentan los exámenes de admisión en las cuales las Universidades del país y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.