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Article 11

Colaboración De Los Operadores De Telecomunicaciones En Los Procesos Electorales

Decreto 671 de 2010 · por el cual se dictan normas para la conservación del orden público durante el período de elecciones al Congreso de la República y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Colaboración de los operadores de telecomunicaciones en los procesos electorales. Las oficinas telefónicas, telegráficas y postales funcionarán en forma permanente el día de las elecciones y transmitirán con prelación los resultados de las votaciones al Registrador Nacional del Estado Civil y a los correspondientes delegados del Registrador Nacional, de conformidad con el plan de comunicaciones que para el efecto establezca la Organización Electoral. La Registraduría Nacional del Estado Civil señalará la fecha en que deba realizarse el ensayo de transmisión de resultados con el fin de que las oficinas telefónicas, telegráficas y postales funcionen el día señalado y lleven a cabo la transmisión de los mensajes con prelación y celeridad.

Parágrafo

En el caso de las oficinas telegráficas y postales estas funcionarán además con franquicia para la transmisión de los resultados de las votaciones y también para la realización por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil de pruebas o ensayos generales del plan de comunicaciones para cada uno de los comicios que vayan a celebrarse.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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