Informes de solicitudes de acceso a información . De conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 11 de la Ley 1712 de 2014, el Grupo Nacional de Comunicaciones y Servicio al Ciudadano publicará los informes de todas las solicitudes, denuncias y los tiempos de respuesta. Respecto de las solicitudes de acceso a información pública, el informe debe discriminar la siguiente información mínima: El número de solicitudes recibidas. El número de solicitudes que fueron trasladadas a otra institución. El tiempo de respuesta a cada solicitud. El número de solicitudes en las que se negó el acceso a la información. El informe se pondrá a disposición del público en los términos establecidos en el artículo 4° del Decreto número 103 de 2015.
Decreto 509 de 2018 →In force
Article 40
Informes De Solicitudes De Acceso A Información
Decreto 509 de 2018 · por la cual se reglamenta el trámite Interno del Derecho de Petición, Quejas y Reclamos en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.