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Article 7

Ley 16 de 1968 · LEY 16 DE 1968, 28/03/1968, Por la cual se restablecen los juzgados de Circuito, se dictan normas sobre competencia en materia penal, civil y laboral, se dan unas autorizaciones y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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En los juicios en que la competencia se fija por el valor de las acciones que se ejercen, estas son de mayor, de menor y de mínima cuantía. Son de mayor cuantía las que versen sobre un valor que exceda de $ 15.000.00; de menor cuantía las que versen sobre un valor que exceda de $1.000.00, sin pasar de $ 15.000.00 y de mínima cuantía las demás.

Parágrafo

No obstante lo anterior, los Jueces Municipales de las Cabeceras de Distrito Judicial, conocen de los mismos asuntos en única instancia cuando la cuantía no pase de $ 3.000.00 y los de Cabecera de Circuito cuando no pasen de $ 2.000.00.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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