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Article 20

Ley 2099 de 2021 · por medio de la cual se dictan disposiciones para la transición energética, la dinamización del mercado energético, la reactivación económica del país y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Desarrollo y uso de energéticos alternativos de origen orgánico y/o renovable. El Ministerio de Minas y Energía podrá incentivar el desarrollo e investigación de energéticos que provengan de fuentes orgánicas (origen animal o vegetal) o renovables, con el fin de expedir la regulación que permita incluirlos dentro de la matriz ener¬gética nacional y fomentar el consumo de estos en la cadena de distribución de combustibles líquidos o incluso la promoción de otros usos alternativos de estos energéticos de última generación.

Parágrafo

Para este fin, el Ministerio de Minas y Energía podrá fijar las condiciones para adelantar proyectos piloto, de carácter temporal, en los cuales establecerá los requisitos o exigencia de aspectos como: parámetros de calidad, régimen tarifario, condiciones de autorización para la acreditación como actor de la cadena de distribución de los com¬bustibles y demás aspectos de regulación económica que sean relevan¬tes para el fomento del uso alternativo de estos productos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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