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Article 24

Decreto 2546 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio del Interior

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01

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Subdirección de Ordenamiento Territorial y Descentralización . Son funciones de la Subdirección de Ordenamiento Territorial y Descentralización, las siguientes

a)

Promover el ordenamiento territorial con el fin de apoyar y fortalecer las instituciones dispuestas para la administración del territorio;

b)

Actuar como autoridad administrativa superior en los procesos de concertación tendientes a la organización del territorio;

c)

Dirigir y evaluar las actividades de los gobernadores en la tarea de velar por el debido funcionamiento del gobierno y de la administración de las entidades territoriales;

d)

Prestar su apoyo y concurso en la conformación de las provincias, regiones y entidades territoriales indígenas;

e)

Asistir a los departamentos en la creación de los nuevos municipios;

f)

Asesorar la organización de las asociaciones de municipios y áreas metropolitanas;

g)

Estudiar, de común acuerdo con la Dirección General Jurídica, las disposiciones que regulan el funcionamiento de los departamentos, municipios y distritos, y proponer los proyectos de ley y de reglamentos para su cabal y armónico desarrollo. A ese efecto, establecerá instancias de coordinación y concertación con los niveles autónomos de colaboración del Sistema Administrativo del Interior;

h)

Asesorar a los municipios en la constitución de las comunas y corregimientos;

i)

Velar por la debida organización de la administración central, descentralizada y organismos de control de las entidades territoriales;

j)

De conformidad con las disposiciones legales, velar por el deslinde y amojonamiento de las entidades territoriales de la República;

k)

Formular, coordinar y evaluar las políticas públicas en materia de descentralización y desconcentración administrativa y hacer el seguimiento sobre la aplicación de las políticas y normas sobre la materia;

l)

Coordinar y disponer lo necesario para preparar directamente, de ser el caso, los estudios y proyectos que se refieren a otros ministerios, departamentos administrativos, entidades descentralizadas y entidades territoriales en relación con la descentralización;

m)

Llevar estadísticas actualizadas de los impuestos que recaudan las entidades territoriales, discriminando los conceptos y cuantías, con el concurso de la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

n)

Promover la cooperación entre las entidades territoriales y la Nación, los procesos de descentralización, desconcentración y delegación administrativa, en coordinación con las entidades competentes del orden nacional y territorial;

o)

En coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, velar por que los recursos y transferencias a las entidades territoriales se empleen conforme a la Constitución y a la ley; y

p)

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

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