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Article 19

De La Reunión De Las Asambleas Generales Federales Y De Los Congresos Sindicales Debe Darse Aviso A La División De Relaciones Colectivas De Trabajo Con Una Anticipación A La Fecha De Reunión No Inferior A Cinco Días Hábiles Con Indicación Del Día, La Hora Y El Lugar De Las Sesiones, El Nombre, El Domicilio Y La Personería De Las Organizaciones Que Van A Participar Y La Lista De Los Afiliados Activos Que Las Integran, Para Efectos De La Representación Correspondiente

Decreto 1469 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones laborales

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01

Text of the article

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De la reunión de las asambleas generales federales y de los congresos sindicales debe darse aviso a la División de Relaciones Colectivas de Trabajo con una anticipación a la fecha de reunión no inferior a cinco días hábiles con indicación del día, la hora y el lugar de las sesiones, el nombre, el domicilio y la personería de las organizaciones que van a participar y la lista de los afiliados activos que las integran, para efectos de la representación correspondiente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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