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Article 5

Ley 52 de 1909 · Por la cual se deroga el Decreto Legislativo número 26 de 1906 (sobre Caja de Recompensas a empleados de Correos y Telégrafos), y se fija el personal de la Sección de Suministros, Empréstitos y Expropiaciones

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01

Text of the article

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° Son aplicables á los empleados de los Ramos Postal y Telegráfico las disposiciones vigentes sobre jubilación por servicios prestados á la República. De las solicitudes de pensiones de esta clase no comprendidas en el artículo 3 °, lo mismo que de cualquiera otra clase de pensiones ó recompensas y de las reclamaciones pendientes ó que se introduzcan, por suministros ó expropiaciones en la última guerra, conocerá la Sección que hoy estudia algunos de estos asuntos en el Ministerio de Hacienda; Sección que constará del siguiente personal: dos miembros, con la asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($ 150) cada uno; en; el Fiscal, ciento veinte pesos ($ 120); un Escribientes para cada uno de los empleados anteriores, con cincuenta pesos ($ 50) cada uno; el Secretario, con cien pesos ($ 100); el Portero Escribiente, con treinta y cinco pesos ($ 35).

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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