°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación adiciona el Título 4 al Libro 5 de la Parte 2, el Título 25 al Libro 9 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010 y modifica el artículo 3.1.1.3.5 y el
del artículo 3.1.2.2.1 el Decreto 2555 de 2010.