°. La responsabilidad de la presentación de los presupuestos aprobados por las entidades y su remisión al Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) para su posterior aprobación, será de los gerentes, presidentes o directores de los órganos a los que se refiere el inciso tercero del artículo 12 de la Ley 179 de 1994, modificado por el artículo 81 de la Ley 1687 de 2013. Asistirán, en calidad de invitados a las sesiones de aprobación, el Ministro o Director del órgano cabeza del sector y demás funcionarios de los órganos o entidades que el Confis considere pertinentes, quienes tendrán voz y no voto.
Article 4
La Responsabilidad De La Presentación De Los Presupuestos Aprobados Por Las Entidades Y Su Remisión Al Consejo Superior De Política Fiscal (Confis) Para Su Posterior Aprobación, Será De Los Gerentes, Presidentes O Directores De Los Órganos A Los Que Se Refiere El Inciso Tercero Del Artículo 12 De La Ley 179 De 1994, Modificado Por El Artículo 81 De La Ley 1687 De 2013
Decreto 3035 de 2013 · por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto.
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