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Article 2

Modifíquese El Artículo 20 Del Decreto Número 2100 De 2011 El Cual Quedará Así: "la Creg, En Desarrollo De Su Función De Expedir El Reglamento De Operación Del Mercado Mayorista De Gas Natural De Que Trata El Literal C) Del Artículo 74

Decreto 1710 de 2013 · por el cual se establecen lineamientos sobre el mercado mayorista de gas natural y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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°. Modifíquese el artículo 20 del Decreto número 2100 de 2011 el cual quedará así: "La CREG, en desarrollo de su función de expedir el reglamento de operación del mercado mayorista de gas natural de que trata el literal c) del artículo 74.1 de la Ley 142 de 1994, establecerá el alcance de los servicios que prestará un gestor de los mecanismos de comercialización y de la información, las reglas para la selección de este gestor y las condiciones de prestación de sus servicios. Estas reglas y condiciones deberán asegurar la neutralidad, transparencia, objetividad e independencia del gestor, así como su experiencia comprobada en las actividades a desarrollar. Así mismo, la CREG determinará la forma y remuneración de los servicios del gestor.

Parágrafo

La CREG seleccionará al gestor del mercado mediante un concurso sujeto a los principios de transparencia y selección objetiva que garanticen la libre concurrencia".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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