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Article 2

º

Decreto 624 de 1994 · por el cual se adopta el procedimiento de selección para la contratación de gasoductos de uso público

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01

Text of the article

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º . De cuando los particulares podrán construir gasoductos troncales o urbanos de uso público. Cuando los particulares por iniciativa propia, estén interesados en la concesión para la construcción, operación y mantenimiento de algún gasoducto troncal o urbano de uso público para la prestación del servicio público de transporte o distribución de gas y no se encuentre dentro de los programas de masificación del uso del gas establecido por el Gobierno, podrá solicitarlo previa presentación de los estudios estipulados en el artículo 7º del presente Decreto y comprobación de la disponibilidad y suministro de gas en determinada región. El Ministerio de Minas y Energía, tendrá en cuenta para la aprobación correspondiente la conveniencia del proyecto desde el punto de vista social y económico, la capacidad técnica, económica, financiera y administrativa del solicitante y los demás criterios señalados en este Decreto, para suscribir el respectivo contrato.

Parágrafo 1

El Ministerio de Minas y Energía podrá solicitar que a la propuesta se agreguen algunos otros municipios, corregimientos, inspecciones y veredas cercanas.

Parágrafo 2

Las propuestas que no llenen estos requisitos se rechazarán y se devolverán a sus proponentes.

Parágrafo 3

El Ministerio de Minas y Energía ordenará la publicación por dos veces en días diferentes, en un diario de amplia circulación nacional y en el regional, si lo hubiere, de un extracto de la solicitud referida, a costa del interesado. El interesado deberá allegar al Ministerio las publicaciones respectivas.

Parágrafo 4

Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la última publicación, el Ministerio podrá recibir otras solicitudes que se relacionen con dicho proyecto y se continuará el trámite con los solicitantes que reúnan requisitos.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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