°. La Hipoteca constituida a favor del Instituto de Crédito Territorial o de cualquiera de las entidades previstas en la ley 46 1939, en las condiciones establecidas por el artículo anterior, conservará plena validez aun en el caso de que quien la constituyó o sus sucesores fueren edictos en juicio de reivindicación sobre la parcela hipotecada.
Article 3
La Hipoteca Constituida A Favor Del Instituto De Crédito Territorial O De Cualquiera De Las Entidades Previstas En La Ley 46 1939, En Las Condiciones Establecidas Por El Artículo Anterior, Conservará Plena Validez Aun En El Caso De Que Quien La Constituyó O Sus Sucesores Fueren Edictos En Juicio De Reivindicación Sobre La Parcela Hipotecada
Decreto 818 de 1940 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con el crédito para la construcción de viviendas rurales
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