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Article 8

Oficina Asesora De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones

Decreto 1203 de 2025 · por el cual se modifica la estructura de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, Casur, y se determinan las funciones de sus dependencias.

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01

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°. Oficina Asesora de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones . Son funciones de la Oficina Asesora de Tecnologías de la Información y las comunicaciones

1.

Asesorar al Despacho del Director General en la planeación, implementación y evaluación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

2.

Articular los estándares definidos por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para el sector público e implementar buenas prácticas, adoptando el Marco de Referencia de Arquitectura Empresarial del Estado colombiano (MRAE), aportando a la oferta de valor de la entidad, de cara a los afiliados y sus beneficiarios.

3.

Formular, divulgar, ejecutar y hacer seguimiento al Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (PETI), alineado al Modelo de Operación por Procesos de la entidad, así como los demás planes, programas y proyectos de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

4.

Identificar las necesidades o requerimientos estratégicos en materia de Tecnologías de la información y las Comunicaciones; brindando soporte permanente, asistencia técnica y tecnológica, de acuerdo con las políticas de Gobierno Digital y Seguridad Digital.

5.

Implementar los lineamientos del modelo de seguridad y privacidad de la información (MSPI), con el fin de mitigar los riesgos de afectación o pérdida de los activos de información de la entidad.

6.

Elaborar e implementar el plan de continuidad tecnológico del negocio de la entidad, alineado al Plan del Sector Defensa, realizando seguimiento, medición, análisis y evaluación.

7.

Asistir al Despacho del Director General de la entidad en la materialización de los planes, programas y proyectos donde se requiera la inclusión de herramientas TIC.

8.

Administrar, desarrollar, mantener y controlar los sistemas de información de la entidad.

9.

Definir los lineamientos y políticas para salvaguardar y hacer seguimiento a las bases de datos y demás activos informáticos de la entidad, en calidad de custodio o propietario, con el fin de garantizar su confiabilidad, integridad y disponibilidad.

10.

Poner en marcha los programas estratégicos e iniciativas sectoriales en materia de Tecnologías de la información y las Comunicaciones, emanados por el Ministerio de las TIC, el DAFP y demás entidades competentes.

11.

Mantener en óptimo estado de funcionamiento la infraestructura informática y de comunicaciones de la entidad.

12.

Gestionar y coordinar esfuerzos con entidades intersectoriales y del sector privado, para adoptar buenas prácticas en materia de ciberseguridad.

13.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión Integral y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión de la entidad.

14.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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