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Article 8

Selección De Los Comisionados Y Comisionadas De La Comisión Para El Esclarecimiento De La Verdad, La Convivencia Y La No Repetición (Cev)

Decreto 587 de 2017 · por el cual se conforma el Comité de Escogencia para la selección de unos miembros del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR).

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°. Selección de los comisionados y comisionadas de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (CEV) . El Comité de Escogencia seleccionará los 11 comisionados de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (CEV), designando a uno de ellos como su presidente. Para ello se pondrá en marcha un procedimiento de postulación y selección que ofrezca garantías de legitimidad, imparcialidad e independencia a toda la sociedad colombiana y en particular a las víctimas. El proceso de postulación de candidatos será amplio y pluralista, asegurando que todos los sectores de la sociedad, incluyendo las organizaciones de víctimas, entre otros, puedan postular candidatos. La selección se basará exclusivamente en las postulaciones y la elección tendrá en cuenta criterios de selección individuales como la idoneidad ética, la imparcialidad, la independencia, el compromiso con los Derechos Humanos y la justicia, la ausencia de conflictos de interés, y el conocimiento del conflicto armado, del Derecho Internacional Humanitario y de los Derechos Humanos, y la reconocida trayectoria en alguno de estos campos. La selección de los comisionados también deberá tener en cuenta criterios colectivos como la participación equitativa entre hombres y mujeres, el pluralismo, la interdisciplinariedad y la representación regional. El Comité de Escogencia podrá seleccionar comisionados y comisionadas extranjeros, pero estos en todo caso no podrán ser más de tres. El Comité de Escogencia tendrá hasta tres meses para la selección de los comisionados, que se contarán a partir del cierre de la fase de postulaciones. La selección de los comisionados deberá adoptarse por voto favorable de por lo menos 3/5 de los miembros del Comité de Escogencia participantes en la votación.

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Constitutional history

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