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Article 21

Cuando Los Propietarios De Más Del Ochenta Por Ciento (80%) De Los Vehículos De Una Sociedad A La Que Se Le Haya Cancelado La Licencia De Funcionamiento, Soliciten Autorización Previa De Constitución De Empresa O Licencia De Funcionamiento Para Una Cooperativa Dentro De Los Sesenta (60) Días Siguientes A La Cancelación, Se Les Otorgará La Autorización Sin Necesidad De Presentar El Estudio De Factibilidad Correspondiente

Decreto 1927 de 1991 · por el cual se dicta el estatuto de transporte público terrestre automotor de pasajeros y mixto por carretera.

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01

Text of the article

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Cuando los propietarios de más del ochenta por ciento (80%) de los vehículos de una sociedad a la que se le haya cancelado la licencia de funcionamiento, soliciten autorización previa de constitución de empresa o licencia de funcionamiento para una cooperativa dentro de los sesenta (60) días siguientes a la cancelación, se les otorgará la autorización sin necesidad de presentar el estudio de factibilidad correspondiente. Las rutas y horarios, frecuencias de despacho, o áreas de operación que tenía autorizada la empresa cancelada, les serán, adjudicadas a la nueva empresa, una vez obtenida la licencia de funcionamiento.

Parágrafo 1

° Una vez obtenida la autorización previa de constitución, el Instituto Nacional de Transporte y Tránsito podrá autorizar a los propietarios de los vehículos para seguir prestando el servicio público de transporte en las rutas y horarios autorizados a la empresa cuya licencia se le ha cancelado, hasta la obtención de la licencia de funcionamiento de la nueva empresa.

Parágrafo 2

si en el término de los sesenta (60) días señalados en este artículo, los propietarios de los vehículos no presentan la solicitud de autorización previa de constitución de empresa o licencia de funcionamiento como cooperativa, las rutas y horarios de la empresa cancelada se publicarán siguiendo el procedimiento señalado en el artículo 54 del presente Decreto, para adjudicarlas a otras sociedades. Los vehículos de la empresa cancelada tendrán prelación para llenar la nueva capacidad transportadora de la(s) empresa(s) adjudicataria(s).

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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