Los aportes semanales patrono-laborales para el seguro de invalidez, vejez y muerte en todas las regiones cubiertas por el seguro social, para un periodo de cinco años a partir de la fecha de inscripción, serán los señalados en la tabla siguiente: Los patronos deberán entregar sus aportes y los de sus trabajadores en la caja de la oficina en el correspondiente municipio, dentro de los plazos señalados por el reglamento de avisos, carnets y aportes.
Article 17
Los Aportes Semanales Patrono-Laborales Para El Seguro De Invalidez, Vejez Y Muerte En Todas Las Regiones Cubiertas Por El Seguro Social, Para Un Periodo De Cinco Años A Partir De La Fecha De Inscripción, Serán Los Señalados En La Tabla Siguiente: Los Patronos Deberán Entregar Sus Aportes Y Los De Sus Trabajadores En La Caja De La Oficina En El Correspondiente Municipio, Dentro De Los Plazos Señalados Por El Reglamento De Avisos, Carnets Y Aportes
Decreto 1295 de 1969 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 301 del 9 de julio de 1969, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
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