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Article 6

Todo El Que Quisiere Establecerse En La Colonia Deberá Presentar En El Ministerio De Agricultura Y Comercio La Correspondiente Solicitud, Acompañándola De Estos Comprobantes : A) Certificación De Dos Personas De Reconocida Honorabilidad, Sobre Buena Conducta; Y B) Certificado Médico, Que Acredite Que El Peticionario No Padece De Enfermedad Contagiosa

Decreto 654 de 1937 · Por el cual se destina una zona de terrenos baldíos, se funda una colonia agrícola en ella, y se dictan varias disposiciones sobre funcionamiento de la misma

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° Todo el que quisiere establecerse en la colonia deberá presentar en el Ministerio de Agricultura y Comercio la correspondiente solicitud, acompañándola de estos comprobantes

a)

Certificación de dos personas de reconocida honorabilidad, sobre buena conducta; y

b)

Certificado médico, que acredite que el peticionario no padece de enfermedad contagiosa. Si el solicitante es extranjero, acompañará, además, su cédula de extranjería. Cuando el interesado no resida en la capital de la República, podrá enviar su petición y pruebas por conducto del Alcalde de su residencia.

02

Constitutional history

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