JurídicoESEN

Article 28

Decreto 2365 de 2015 · por el cual se suprime el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), se ordena su liquidación y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Sistemas de información . El Liquidador, dentro de los dos (2) meses siguientes a su posesión, transferirá a la Agencia Nacional de Tierras y a la Agencia de Desarrollo Rural los sistemas de información y herramientas tecnológicas afectos al servicio de estas, incluyendo las licencias o cesión de derechos de autor correspondientes, que se requieran para su administración y mantenimiento. Dichos sistemas y herramientas se transferirán a título gratuito, por Ministerio de la ley, a las entidades receptoras. La entrega física y transferencia de la administración de sistemas de información se establecerá en sendas actas que, para el efecto, suscriban el Liquidador del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) en Liquidación, y los representantes de las entidades receptoras, de acuerdo con los cronogramas establecidos por el Liquidador. Las actas contendrán, como mínimo, los elementos esenciales de identificación de los activos, las licencias a ellas asociados, la fecha para la transferencia de su administración y demás aspectos técnicos necesarios para su funcionamiento. Mientras se lleva a cabo la entrega de los sistemas de información, el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) en Liquidación, continuará con la administración de las herramientas tecnológicas y será responsable de su manejo y mantenimiento.

Parágrafo 1

El Sistema de Información RUPTA será trasladado, para efectos de su administración, a la Unidad Administrativa Especial para Gestión y Restitución de Tierras Despojadas. La transferencia se efectuará en los términos previstos en el presente artículo y mediante acta con el contenido arriba dispuesto.

Parágrafo 2

Entre la Agencia Nacional de Tierras, la Agencia de Desarrollo Rural y el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) en Liquidación se podrá disponer, mediante convenios interadministrativos, el uso compartido de plataformas o sistemas de información, así como del apoyo administrativo que se requiera para su funcionamiento.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2365 de 2015