CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DEL SITUADO FISCAL. Con el fin de garantizar el cumplimiento de las condiciones bajo las cuales se deben asumir las responsabilidades y funciones previstas en el presente libro, cuyo establecimiento autoriza el artículo 356 de la Constitución Política, cuando los Departamentos y Distritos hayan disminuido la calidad de los servicios o las coberturas, por causas imputables a la dirección administrativa de dichos servicios, o hayan dado a las transferencias una destinación diferente a la prevista en el plan de desarrollo de salud, el Ministerio promoverá las investigaciones que correspondan ante las autoridades competentes y determinará, según la magnitud del incumplimiento, diferentes grados de coadministración de las autoridades nacionales en la administración de los recursos del situado fiscal. Las particularidades de esta coadministración se reflejarán en las modalidades y mecanismos que defina el Ministerio, sin que en ningún caso se reduzca el valor del situado fiscal que corresponda a cada entidad territorial, como resultado de la aplicación de la fórmula pertinente. Sin embargo, el Ministerio podrá, previo un estudio evaluativo, decidir a partir de qué momento cesa la coadministración de las autoridades nacionales. La coadministración será transitoria hasta que se corrijan las fallas técnicas y administrativas que originaron la coadministración de las autoridades nacionales. CAPITULO II. REGLAS APLICABLES AL SITUADO FISCAL PARA SALUD
Decreto 1298 de 1994 →Struck down
Article 117
Control Del Cumplimiento De Las Condiciones Del Situado Fiscal
Decreto 1298 de 1994 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema General de Seguridad Social en Salud
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.