Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto: "DECRETO NUMERO 166 DE 1937 (agosto 23) por el cual se organiza un internado agrícola, con carácter de escuela complementaria, en la Intendencia del Meta y se destinan los fondos para su sostenimiento. El Intendente Nacional del Meta, en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO Que es el deseo del Gobierno Nacional establecer en la Intendencia un internado agrícola, para 1a formación de expertos en su manejo de haciendas y cultivos propios de la región; Que para corresponder a esa finalidad, los Ministerios de Educación, de Agricultura y la intendencia, han destinado sumas para la organización y sostenimiento del plantel; Que es oportuno cumplir con un deber de justicia, honrando la memoria de uno de los colombianos que más empuje dio a la región con sus esfuerzos y energías, como lo fue el señor doctor don Emiliano Restrepo, DECRETA: CAPITULO I. Creación y finalidades.
Decreto 1795 de 1937 →In force
Article 1
Decreto 1795 de 1937 · Por el cual se aprueba el número 166 de 1937, del Intendente Nacional del Meta
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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