Las obligaciones por concepto de servicios médico-asistenciales, servicios públicos domiciliarios, gastos de operación aduanera, comunicaciones, transporte y contribuciones inherentes a la nómina, causados en el último trimestre de 2004, se pueden pagar con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal de 2005. La prima de vacaciones, la indemnización a las mismas, las cesantías, las pensiones y los impuestos, podrán ser pagados con cargo al presupuesto vigente cualquiera que sea el año de su causación.
Article 46
Las Obligaciones Por Concepto De Servicios Médico-Asistenciales, Servicios Públicos Domiciliarios, Gastos De Operación Aduanera, Comunicaciones, Transporte Y Contribuciones Inherentes A La Nómina, Causados En El Último Trimestre De 2004, Se Pueden Pagar Con Cargo A Las Apropiaciones De La Vigencia Fiscal De 2005
Decreto 4365 de 2004 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2005, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
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