° Los Gobernadores y los Alcaldes quedan autorizados, dentro de los respectivos presupuestos, para fusionar y crear cargos públicos, y fijar asignaciones dentro de las partidas correspondientes a los cargos fusionados o creados nuevamente, sometiendo los Gobernadores estas determinaciones a la aprobación del Gobierno Nacional; y los Alcaldes a la Gobernación respectiva.
Article 3
Los Gobernadores Y Los Alcaldes Quedan Autorizados, Dentro De Los Respectivos Presupuestos, Para Fusionar Y Crear Cargos Públicos, Y Fijar Asignaciones Dentro De Las Partidas Correspondientes A Los Cargos Fusionados O Creados Nuevamente, Sometiendo Los Gobernadores Estas Determinaciones A La Aprobación Del Gobierno Nacional; Y Los Alcaldes A La Gobernación Respectiva
Decreto 1627 de 1952 · Por el cual se dictan unas disposiciones relacionadas con la provisión de cargos departamentales y municipales
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Constitutional history
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