º De acuerdo con lo dispuesto por el
del artículo 1º de la Ley 59 de 1926, los fondos destinados para la construcción de los cuarteles de Popayán, Cali, Palmira y Buenaventura serán situados en la caja de la Gerencia del Ferrocarril del Pacífico.
De Acuerdo Con Lo Dispuesto Por El Parágrafo 4º Del Artículo 1º De La Ley 59 De 1926, Los Fondos Destinados Para La Construcción De Los Cuarteles De Popayán, Cali, Palmira Y Buenaventura Serán Situados En La Caja De La Gerencia Del Ferrocarril Del Pacífico
Decreto 1419 de 1929 · Por el cual se reforma un parágrafo del Decreto número 731 de 1927
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º De acuerdo con lo dispuesto por el
del artículo 1º de la Ley 59 de 1926, los fondos destinados para la construcción de los cuarteles de Popayán, Cali, Palmira y Buenaventura serán situados en la caja de la Gerencia del Ferrocarril del Pacífico.
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