°. La estadística de las minas tituladas contendrá los siguientes datos, dispuestos en ocho columnas: Nombre de la mina. Clase, con las mismas subdivisiones que para las minas denunciadas. Ubicación. Extensión. Adjudicatario o dueño de la mina. Nacionalidad. Fecha del título. Elaboración. Esta última, columna también se subdividirá en dos para expresar en cada una de esas subcolumnas por un sí o un nó si la mina de que se trata está o nó en explotación. Si fuere posible se tratará de complementar esta estadística con el producto mensual aproximado de la mina, expresado en castellanos, o en otra unidad de medida, según el caso. Si el propietario o adjudicatario de una mina fuere una sociedad, bastará que se dé el nombre o razón social de la compañía.
Decreto 1320 de 1914 →In force
Article 4
La Estadística De Las Minas Tituladas Contendrá Los Siguientes Datos, Dispuestos En Ocho Columnas: Nombre De La Mina
Decreto 1320 de 1914 · Por el cual se reglamenta la estadística que debe llevarse en la Oficina de los negocios de minas del Ministerio de Obras Públicas
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.